LEY 1620 DEL 2013 ¿QUÉ ES? El artículo 1620 del Código Civil colombiano define las cosas principales como aquellas que tienen existencia independiente, es decir, que no dependen de otra para existir. Son el objeto central en una relación jurídica, mientras que las cosas accesorias existen en función de ellas. OBJETIVO: Promover la convivencia pacífica a través de la prevención de riesgos, la promoción de la salud y seguridad en las instituciones educativas FUNCIÓN: La función principal del artículo es servir como base para distinguir entre cosa principal y accesoria, lo cual es clave para interpretar contratos, derechos reales, herencias y obligaciones. Permite determinar qué bienes están comprendidos en un acto jurídico y cuáles dependen del destino del principal. ENFOQUE: Cuenta con 4 enfoques: 1.Promoción ...
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